El Gobierno nacional prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2026 el plazo para que los clubes de barrio y de pueblo que ya reciben subsidios en las tarifas de luz y gas completen el reempadronamiento obligatorio y puedan mantener el beneficio. El trámite deberá realizarse a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD).
La decisión fue adoptada por la Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética luego de detectar que una parte importante de las instituciones aún no finalizó la actualización de sus datos o tiene el expediente en proceso de evaluación. Según explicó el organismo, la extensión busca evitar que los clubes pierdan el subsidio únicamente por demoras administrativas.
La medida, oficializada mediante la Disposición 6 publicada en el Boletín Oficial, alcanza a unas 12.000 instituciones sin fines de lucro que forman parte del régimen previsto por la Ley 27.098 de Clubes de Barrio y de Pueblo.
Actualmente, estos clubes reciben el mismo esquema de subsidios energéticos que los hogares alcanzados por el nivel de mayores beneficios dentro de la segmentación tarifaria. En electricidad, el Estado subsidia un bloque de 300 kilovatios hora (kWh) mensuales durante enero, febrero, mayo, junio, julio, agosto y diciembre, mientras que entre marzo, abril, septiembre, octubre y noviembre el límite subsidiado es de 150 kWh. Todo consumo que supere esos topes se factura al valor pleno de la tarifa.
En el caso del servicio de gas natural, el volumen subsidiado depende de la distribuidora, la categoría del usuario y la época del año.
Desde el Gobierno aclararon que la prórroga solo extiende el plazo para completar el reempadronamiento de las instituciones que ya forman parte del programa. La medida no modifica los requisitos para acceder al beneficio ni implica la incorporación automática de nuevos clubes, que deberán continuar tramitando su ingreso mediante el procedimiento habitual.
Qué deben presentar los clubes
Para conservar el subsidio, las instituciones deberán completar un formulario con información actualizada y presentar la documentación requerida. Entre los principales requisitos figuran:
- Informar la cantidad de sedes y los medidores de gas y electricidad que solicitan subsidiar.
- Presentar una declaración jurada que certifique que la institución no se encuentra alcanzada por las causales de exclusión del beneficio.
- Acreditar los datos del presidente de la entidad, el estatuto social y la inscripción en el Registro Nacional de Clubes de Barrio y de Pueblo.
- Comprometerse a ceder gratuitamente sus instalaciones para actividades sociales, culturales y educativas destinadas a la comunidad.
- Declarar si la institución fue creada por una empresa con fines de lucro, si alquila sus instalaciones a empresas de eventos o cadenas de gimnasios, si tiene sede central en el exterior o si comparte los medidores de servicios públicos con una actividad comercial.
Con la prórroga, el Ejecutivo busca garantizar que las entidades que cumplen con los requisitos puedan completar el trámite y conservar el beneficio sin quedar excluidas por cuestiones burocráticas.





