El Gobierno nacional avanzó con la reglamentación del Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), una herramienta incluida en la reforma laboral que busca incentivar la formalización de trabajadores mediante amplias condonaciones de deudas previsionales y planes especiales de pago para las empresas.
La medida fue instrumentada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y permitirá regularizar relaciones laborales iniciadas hasta el 5 de marzo de 2026 que continúen vigentes al momento de la adhesión. Los empleadores tendrán plazo hasta el 28 de noviembre de este año para incorporarse al régimen y acceder a los beneficios establecidos.
Entre los principales incentivos figura la reducción de las deudas por aportes y contribuciones a la seguridad social. Las micro y pequeñas empresas, junto con las entidades sin fines de lucro, podrán obtener una condonación del 90% de los montos adeudados. En el caso de las medianas empresas, el beneficio será del 80%, mientras que las grandes compañías accederán a una quita del 70%.
La normativa también prevé la eliminación total de las deudas vinculadas al Sistema Nacional del Seguro de Salud, al régimen de Riesgos del Trabajo y al Seguro Colectivo de Vida Obligatorio correspondientes a los trabajadores que sean incorporados al programa.
El esquema alcanza tanto a empleados completamente no registrados como a situaciones de registración deficiente, ya sea por fechas de ingreso declaradas incorrectamente o por remuneraciones informadas por debajo de las efectivamente percibidas. Incluso podrán regularizarse casos detectados durante inspecciones laborales que actualmente se encuentren bajo discusión administrativa o judicial.
Para adherir al régimen, los empleadores deberán registrar o corregir la información laboral mediante los sistemas de ARCA y presentar las declaraciones juradas correspondientes a los períodos adeudados. Luego deberán cancelar los montos pendientes o incorporarlos a un plan especial de facilidades de pago.
Quienes opten por cancelar la deuda al contado accederán a un beneficio adicional: una reducción del 50% sobre el saldo que no haya sido alcanzado por las condonaciones previstas. La otra alternativa será financiar la deuda a través de planes con condiciones diferenciadas según el tamaño de la empresa.
Las micro y pequeñas empresas, así como las organizaciones sin fines de lucro, podrán financiar sus obligaciones en hasta 72 cuotas con un anticipo del 3%. Las medianas empresas contarán con planes de hasta 48 cuotas y un pago inicial del 4%, mientras que el resto de los empleadores tendrá acceso a un máximo de 36 cuotas con un anticipo del 5%.
Las cuotas serán mensuales, consecutivas y con una tasa de financiación del 1% mensual. Tanto el pago a cuenta como cada una de las cuotas deberán superar los 50.000 pesos.
La reglamentación establece además que los planes perderán vigencia automáticamente cuando se acumulen dos cuotas impagas, consecutivas o alternadas, durante un plazo de 60 días posteriores al vencimiento de la segunda, o cuando la última cuota permanezca sin cancelar durante el mismo período.
La implementación del régimen forma parte de la reforma laboral impulsada por el Gobierno de Javier Milei y apunta a ampliar el empleo registrado mediante incentivos económicos para las empresas, aunque desde distintos sectores sindicales advierten que el esquema prioriza los beneficios patronales sin establecer mecanismos que garanticen una mejora efectiva en las condiciones laborales de los trabajadores incorporados.





