Las pequeñas y medianas empresas, uno de los sectores más golpeados por la caída del consumo y la recesión, recibieron un nuevo plan de facilidades de pago de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Sin embargo, la medida ya despertó cuestionamientos entre especialistas y referentes del sector, que advierten que las condiciones impuestas podrían dejar afuera a muchas firmas que hoy atraviesan problemas de liquidez.
Después de meses de reclamos de entidades empresarias, entre ellas la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), el organismo recaudador habilitó un régimen especial para regularizar deudas fiscales en hasta 18 cuotas. No obstante, diversos analistas consideran que el esquema resulta insuficiente para responder a la crisis que atraviesan las pymes, en un contexto marcado por la retracción de las ventas, el aumento de los costos y las dificultades para acceder al financiamiento.
El tributarista y CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez, sostuvo que la iniciativa representa una herramienta para evitar embargos y ejecuciones fiscales, pero advirtió que sus condiciones limitan el alcance del beneficio.
“En un contexto en el que muchas MiPyMEs acumulan deudas fiscales por las dificultades económicas de los últimos años, era necesario contar con un plan accesible para ordenar la situación tributaria. Sin embargo, el pago inicial exigido, la cantidad de cuotas y la tasa de financiación pueden hacer que muchos contribuyentes no logren adherirse”, explicó.
Quiénes pueden acceder
El régimen está destinado a tres grupos de contribuyentes:
- Micro, pequeñas y medianas empresas (tramos I y II) con Certificado MiPyME vigente.
- Pequeños contribuyentes registrados en ARCA.
- Entidades sin fines de lucro, como asociaciones civiles, fundaciones, cooperativas, mutuales, iglesias y consorcios.
Qué deudas pueden regularizarse
El plan permite incluir obligaciones impositivas, de seguridad social, tributos aduaneros, multas e intereses vencidos hasta el 30 de junio de 2026.
Sin embargo, quedan excluidas varias obligaciones, entre ellas:
- Anticipos y pagos a cuenta.
- Aportes y contribuciones destinados a obras sociales (con algunas excepciones).
- Cuotas de otros planes de pago vigentes.
- Retenciones y percepciones previsionales.
- Obligaciones vinculadas a las ART y al Seguro Colectivo de Vida Obligatorio.
Además, el régimen no contempla reducciones de intereses ni condonaciones de multas, sino únicamente la posibilidad de financiar la deuda.
Las condiciones del plan
Las micro y pequeñas empresas, los pequeños contribuyentes y las entidades sin fines de lucro podrán financiar las deudas generales en hasta 18 cuotas, aunque deberán realizar un anticipo del 5%.
En el caso de las medianas empresas, el máximo será de 15 cuotas y el pago inicial ascenderá al 10% del total adeudado.
Para todos los casos, la tasa de financiación será del 2,75% mensual, mientras que el monto mínimo de cada cuota se fijó en 50.000 pesos.
La adhesión podrá realizarse exclusivamente a través del sistema “Mis Facilidades” de ARCA hasta el 30 de octubre de 2026.
Por qué surgen las críticas
Especialistas sostienen que el principal problema del régimen es que exige un desembolso inicial precisamente a empresas que enfrentan dificultades para sostener su capital de trabajo.
Domínguez consideró que eliminar ese anticipo hubiera facilitado el acceso de las firmas con mayores problemas financieros. También cuestionó la tasa de interés aplicada, al señalar que supera la inflación proyectada por distintas consultoras, lo que encarece el costo real del financiamiento a medida que continúa desacelerándose el aumento de precios.
Otro aspecto que genera preocupación es que quienes ingresen al plan deberán renunciar al derecho de reclamar posteriormente la devolución de los importes incluidos, incluso si existieran diferencias o controversias sobre la deuda.
Además, el régimen establece condiciones estrictas de cumplimiento. Si el contribuyente deja de pagar dos cuotas —consecutivas o alternadas— o incumple el pago de la última dentro de los plazos previstos, el plan caducará automáticamente y ARCA podrá iniciar acciones judiciales para reclamar la totalidad de la deuda.
En ese escenario, los especialistas recomiendan analizar cada caso de manera individual antes de adherirse al régimen, verificar la vigencia del Certificado MiPyME y evaluar si la empresa podrá sostener el pago de las cuotas durante todo el período de financiación.
Aunque el Gobierno presentó la medida como un alivio para el sector productivo, empresarios y tributaristas coinciden en que el problema de fondo sigue siendo la fuerte caída de la actividad económica. Sin una recuperación del consumo y de las ventas, advierten que muchas pymes continuarán teniendo dificultades para cumplir con sus obligaciones fiscales, incluso con un plan de pagos vigente.





